sábado, 12 de septiembre de 2009

Información sobre la adopción en Costa de Marfil

La adopción de menores en Costa de Marfil por parte de familias españolas comenzó en el año 2005 y entonces los procesos se realizaban mediante protocolo público, al no existir en España ninguna agencia o ECAI que tramitara adopciones en este país.
Actualmente las adopciones desde España se llevan a cabo a través de ECAI, y el número de menores que entran en territorio español desde Costa de Marfil son muy reducidos casa año. Costa de Marfil firmó el Convenio de La Haya en materia de adopción en junio de 2015, pero entra en vigor el 1 de octubre de 2015.
(Información actualizada en septiembre 2015)


NOTA IMPORTANTE (OCTUBRE 2013): La Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia del Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales reunida el 16 de octubre de 2013, ha decidido que para mejorar las garantías en la tramitación de expedientes de adopción en Costa de Marfil sólo se podrán tramitar adopciones a través de ECAI. Este acuerdo afecta a todas las solicitudes para las que no se haya emitido informe de valoración de idoneidad antes del 17/10/2012 en cualquiera de las comunidades autónomas.

Por lo tanto, aquellas solicitudes que en fecha 17/10/2012 hayan finalizado el proceso de valoración de idoneidad podrán tramitarse por ECAI o por protocolo público.
Según figura en la página web del Ministerio, la única entidad acreditada en estos momentos para tramitar adopciones con Costa de Marfil es Iniciativa Pro Infancia-IPI acreditada por la Generalitat de Cataluña.

Nota Importante (julio 2012): Debido a la situación de crisis política y conflicto armado que atravesó Costa de Marfil desde la celebración  de las últimas elecciones presidenciales en noviembre de 2010 y hasta abril de 2012, el Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales en Madrid decidió a comienzos de 2011 paralizar temporalmente el envío de nuevos expedientes de adopción para Costa de Marfil.
La Comisión Interautonómica de Infancia de dicho ministerio se reunió el pasado 17 de julio y acordó levantar esta suspensión temporal y reanudar el envío de nuevos expedientes de adopción tanto por protocolo público como a través de Ecai. 
Esta medida se aplica a los asolicitantes de todas las comunidades autónomas. El Ministerio informa además que la espera media para la asignación de un menor marfileño desde que el expediente llega a Abidjan, está entre los 2-4 años y que estos plazos se acortan cuando el adoptante solicita a un menor de más de cuatro años o tramita su expediente a través de Ecai

1) Adopción en Costa de Marfil: la adopción en Costa de Marfil por parte de españoles comenzó en 2006. Hasta diciembre de 2011 se han tramitado y concluido cerca de 35-40 expedientes por parte de españoles en el país, tanto por protocolo público como a través de ECAI. La adopción en Costa de Marfil es muy habitual desde hace años por parte de franceses, belgas, italianos y norteamericanos. Para España es un país bastante nuevo. Hay que tener en cuenta que hasta junio de 2015 no tenía firmado el Convenio de la Haya y eso suponía un obstáculo para muchas comunidades autónomas a la hora de obtener el CI (Certificado de Idoneidad). En algunas como Cataluña solo se admite la adopción a través de Ecai a matrimonios, y para los monoparentales femeninos existe un cupo máximo de dos CI al año.

2) Embajada: Si escribes a la embajada española en Abidján (capital administrativa de Costa de Marfil) te mandarán por mail la información de la que disponen sobre adopciones y sobre la documentación que tienes que presentar para tramitar tu expediente. La embajada solo se encarga de recepcionar tu expediente cuando lo envías a Abidján y de expedirte el pasaporte español de tu hijo/a y el libro de familia cuando ya hayas tramitado toda la adopción, tengas los papeles solucionados allí y tengas que venirte para España con tu niño/a. Desde que tu abogado marfileño recoge tu expediente hasta que tu viajas a por tu hijo el proceso puede prolongarse de 2 a 4 años.

3) Quien puede adoptar:
  • Solteros de al menos 30 años. Se admiten solicitudes tanto de hombres como de mujeres, aunque en la práctica los expedientes de hombres solteros apenas tienen respuesta.
  •  Matrimonios casados que deberán tener más de 5 años de matrimonio y, al menos, uno de los dos cónyuges no podrá ser menor de 30 años. En algunos casos también se aceptan expedientes de parejas que puedan demostrar años de convivencia antes del matrimonio.
  •  La diferencia de edad entre adoptante/s y adoptado deberá ser, al menos, 15 años.
  •  No se aceptan parejas de hecho.
  •  Tiene preferencia los candidatos sin hijos o estériles. 
  • No se aceptan matrimonios homosexuales.
4) Expediente: Para adoptar por protocolo público primero debes obtener el Certificado de Idoneidad en tu comunidad autónoma que también te dará el Informe Psicosocial y el Compromiso de Seguimiento. Tu debes de preparar en España, todo el expediente, legalizarlo y traducirlo al francés, para entregarlo después en tu comunidad autónoma, que lo enviará a Madrid y de alli a Abidjan, a excepción de Cataluña donde el adoptante lo envíe personalmente al país. Necesitas sobre 2 meses para preparar toda la documentación del expediente. En tu comunidad autónoma tendrás que presentar el expediente original completo en español con su traducción al francés y todo legalizado y dos copias más completas tanto en español como en francés. Tu comunidad autónoma comprueba que la documentación está tramitada legalizada correctamente y la envían al Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales en Madrid, que a su vez la remite a través de valija diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores a la Embajada de España en Costa de Marfil. El envío por valija es una vez a la semana. Quédate con una copia completa del expediente en español y francés por si la necesitaras más adelante. De la documentación que envía nuestro ministerio una copia se queda en la embajada, mientras que la otra copia y el original son remitidos a los Servicios Sociales de Costa de Marfil. Una vez allí tu abogado registra el original en los Servicios Sociales, paga las tasas de registro y recoge la otra copia que le corresponde y que será presentada en el Juzgado cuando llegue el momento de iniciar los trámites judiciales para la adopción.

5) Abogados: Desde el momento en que comiences a preparar la documentación del expediente de adopción para Costa de Marfil necesitas un abogado que te represente en el país, y tendrás que hacer un poder notarial a su favor e incluirlo en el expediente. El abogado se encargará de tramitar allí tu expediente y de informarte de cómo van tus papeles. El abogado lo puedes sacar de la lista que te facilita la propia embajada. Hay 6 ó 7 que actualmente están tramitando expedientes con españoles, más o menos todos cobran lo mismo, (siempre hay que enviar una cantidad previa de dinero para que se hagan cargo de tu expediente y registren tu expediente en Abidján) todos informan poco, son lentísimos y nunca tienen prisa. Como en toda África. Actualmente los honorarios de un abogado en Costa de Marfil rondan los 3.000 €-5.000 €. Te recomiendo que no mandes ningún dinero hasta que tu expediente llegue a Costa de Marfil y tu abogado te diga que puede recogerlo. Lo habitual es pagar una parte de sus honorarios para que registre tu expediente en los Servicios Sociales y se haga cargo de tu caso. El resto de lo que te cobre se va pagando por partes hasta que el último pago se hace cuando ya estás en Abidján y tienes todos los documentos listos para sacar el pasaporte español de tu hijo/a y viajar con él a España. Nunca le pagues los honorarios íntegros a tu abogado antes de finalizar todo el proceso.

6) Documentación que forma el expediente:
  1. Certificado deIdoneidad (CI) que te lo da tu comunidad autónoma.
  2. Informe psicosocial que facilita la Comunidad Autónoma.
  3. Compromiso de seguimiento que te lo da tu comunidad autónoma.
  4. Certificado médico oficial de cada adoptante.
  5. Certificado de Penales de cada adoptante.
  6. Partida de Nacimiento de cada adoptante.
  7. Para monoparentales Fe de Vida y Estado Civil.
  8. Última declaración de Hacienda que se solicita en la Delegación Provincial de Hacienda, tiene que estar firmada por el delegado provincial y tiene que poner que es para "Adopción Internacional en Costa de Marfil" o "para adopción internacional" sin necesidad de especificar el país.
  9. Dos últimas nóminas de cada adoptante autentificadas ante notario.
  10. Poder notarial para el abogado que te representará en Costa de Marfil (necesitas su nombre completo, nº de pasaporte y su nº de colegiado).
  11. Carta manuscrita autentificada ante notario sobre tu motivación de adopción en Costa de Marfil.
  12. DNI de cada adoptante por separado y autentificado ante notario.
  13. Pasaporte de cada adoptante por separado y autentificado ante notario.
  14. Certificado de matrimonio para las parejas, que deberán de estar casadas al menos con 5 años de antigüedad.
  15. Libro de Familia para los matrimonioso en caso de que ya existan hijos adoptados o bilógicos.
  16. Certificado de esterilidad oficial si se da el caso.
  17. Autorización de entrada del menor en España.
  18. 4 fotos tamaño carnet de cada solicitante.
  19. Entre 6 y 10 fotos del entorno familiar, amigos, trabajo...
7)Legalización: si tramitas tu expediente por protocolo público para legalizar todos los documentos en tu comunidad autónoma y en Madrid (ministerios y embajada) o lo haces personalmente (lo que supone permanecer en Madrid o viajar varios días) o contratas a una gestoría o a una empresa que se encargue de estos temas incluyendo la traducción jurada. Ponte en contacto con nosotros en adoptarenafrica@gmail.com .     y  te ayudaremos a través de nuestra empresa que te ofrece todos estos servicios, previo presupuesto. De todas formas antes de llegar a la gestoría hay trámites que tienes que hacer tu mismo en tu comunidad autónoma. El coste de toda la obtención y legalización de tu expediente varía dependiendo de la extensión de los documentos que aportes, de si eres monoparental o pareja (doble documentación) y de la traducción jurada de todo el expediente al francés (que es cara porque se cobra por palabra traducida). A esto hay que sumarle las tasas que cobra la Embajada de Costa de Marfil en Madrid por legalizar cada uno de los documentos y que no bajan de los 1.200 € para un expediente de un monoparental y unos 1.700€ para el expediente de un matrimonio. Preparar el expediente en España, legalizado y traducido tiene un coste de entre 3.500€ y 5.500€ incluyendo todos los gastos y tasas consulares. El importe final varía dependiendo de si el solicitante es monoparental o matrimonio (aportan más documentos que hay que legalizar y traducir).

 

8) Cuando tu expediente llega a Costa de Marfil:

- Cuando tu expediente llega a la Embajada Española en Abidján te enviarán un mail para informarte de que ha llegado. Una copia de tu expediente se queda en la embajada y desde octubre de 2010 la propia embajada envía tu expediente original y la otra copia a los Servicios Sociales de Costa de Marfil. Eso no significa que esté registrado, por lo que tu abogado tiene que ir a registra el original en la Dirección de Protección Social (Ministre d’Etat, Ministre de l`Emploi, des Affaires sociales et de la Solidarité *) de Costa de Marfil y abonar la cantidad de 100 €. El abogado se queda con la otra copia de tu expediente y que tendra que presentar más adelante cuando tengas asignación y se inicie el procedimiento judicial. Para recoger tu expediente en la embajada todos los abogados te pedirán el primer pago de sus honorarios.
- Una vez registrado tu expediente entra en una lista única con los expedientes de matrimonios, monoparentales, españoles, franceses, belgas, italianos, nortamericanos... Con el registro te dan un número de registro que realmente te sirve para poco porque nunca sabes porque número de expediente van, cuantos tienes delante y cuando te va a tocar.
- En Costa de Marfil existe una Comisión Nacional de Adopción que teóricamente se reúne cuatro veces al año para tratar temas sobre la infancia y la adopción. En esas sesiones estudian las solicitudes y deciden las asignaciones. Nunca se sabe el nº de expedientes que se estudia en cada sesión por lo que saber cuando te va a tocar es realmente difícil. La comisión está integrada por funcionarios y por un representante de cada orfanato que existe en el país y que son los que proponen a los niños que tienen para salir en adopción. La comisión estudia las solicitudes de todos los países para dar las mismas oportunidades a todos.
- El pago de las tasas de registro te da derecho a que tu expediente esté registrado durante un periodo de 2 años, o lo que es lo mismo 8 comisiones, si al cabo de este tiempo no has tenido la asignación de un menor tendrás que pagar de nuevo estas tasas para que tu expediente siga registrado.
- Cuando la Comisión Nacional de Adopción trata tu expediente y le da el visto bueno es cuando se produce la pre-asignación. Tu abogado es informado y es el que se pone en contacto contigo para darte la noticia de la asignación y saber si tu la aceptas.
- Los datos que suelen facilitarte con la asignación es el nombre, el sexo, la edad, una foto y el orfanato en el que se encuentra el menor. No hay mucho más.
- Antes de aceptar la asignación tendrás entonces que solicitar un informe médico del menor a través de tu abogado y que tendrás que costear de tu bolsillo (entre 250-500 € dependiendo del médico y abogado).
- Tendrás que pagar a la Dirección de Protección Social la cantidad de 500 € en concepto de donativo al orfanato.
- En caso de que renuncies a la asignación por causas no justificadas te pondrías de nuevo a la cola de todas las solicitudes para que tu expediente fuera valorado de nuevo por la comisión. Es decir, podrías tardar años.
- Tu abogado inicia los trámires judiciales, es decir, comienza el proceso en el juzgado. Tu abogado presenta tu solicitud de adopción ante los juzgados (normalmente en la zona donde reside el menor), y allí se fija la fecha del juicio. Puede darse el caso de que se celebren varias vistas, dependiendo del juez que lleve el caso. El tiempo de espera desde que se presenta la solicitud hasta la celebración del juicio suele ser de varios meses y depende mucho del juzgado donde se tramite, porque algunos como los de la capital están saturadísimos de expedientes y van lentos.
- Uno de los motivos que hace prolongar mucho el proceso es la obtención de la partida de nacimiento del menor que al ser abandonado y estar en un orfanato carece de datos. Se abre entonces una investigación para averiguar los datos del niño/a y asegurarse de que realmente ha sido abandonado, no ha sido sustraído ilegalmente y no será reclamado posteriormente. Este proceso de investigación puede prolongarse incluso 6 meses hasta que se obtiene dicha partida de nacimiento, documento imprescindible para poder celebrar el juicio y se redacta un informe social por parte de los Servicios Sociales.
- Desde la asignación del menor hasta que vayas a buscarlo deberás pagar su manutención en el orfanato (unos 100 € al mes).
- Antes de la celebración del juicio tu abogado te pedirá un documento en el que aceptas la asignación del menor. Dicho documento debe estar autentificado ante notario en España y legalizado en el Colegio de Notarios de tu Comunidad Autónoma, así como traducido al francés por traductor jurado y legalizado en Madrid. Desde nuestra empresa podemos hacernos cargo de esta gestión.

9) Documentación para obtención del pasaporte español y el libro de Familia:

- Tras la celebración del juicio y de obtener la sentencia definitiva firmada por el juez y los demás miembros del tribunal, tu abogado tiene que gestionar la obtención de otros documentos imprescindibles para la obtención del pasaporte español del menor y el Libro de Familia:
  • La partida de nacimiento original del menor.
  • la nueva partida de nacimiento del menor con el nombre nuevo y tus apellidos.
  • La sentencia de adopción plena firmada y sellada.
- Los tres documentos (setencia, partida de nacimiento original y nueva partida de nacimiento) deben ser legalizados en Abidjan en el Ministerio de Asuntos Exteriores, y en el Ministerio de Tutela. Deberás pagar las tasas correspondientes.

- Desde enero de 2012 el adoptante tiene además que presentar en la Embajada Española:
  • Un informe favorable de la DPS (Direction de la Protection Sociale) 
  • El acta de consentimiento a la adopción expedida por el Ministro (Ministre d’Etat, Ministre de l`Emploi, des Affaires sociales et de la Solidarité)
  • Una autorización de salida del orfanato expedida por la DPS
  • Una autorización de salida de Costa de Marfil expedida por el Ministerio de Familia. 
  • El Decreto u orden firmado también por el Ministro, llamado “arrêté de placement familiale”
- Cuando tu abogado tenga estos documentos te avisará para que viajes a Costa de Marfil para entregar todo en la Embajada Española en Abidjan y solicitar el pasaporte español del menor, el Libro de Familia y poder regresar a España con tu hijo/a.
- En la Embajada también tendrás que entregar 3 fotos carnet de tu niño/a y pagar las tasas consulares. Es entonces cuando puedes obtener el Libro de Familia (si ya lo tuvieras por  estar casado o tener otros hijos anteriores debes llevarlo cuando viajes) y el Pasaporte español de tu hijo. En la embajada necesitan al menos dos días laborables para que el Ministerio del Interior de España les facilite un nº de pasaporte.
- Cuando tengas el Pasaporte y Libro de Familia ya podrás comprar el billete de avión del niño/a y regresar a España con tu hijo/a. El pasaporte que te expide el consulado en Costa de Marfil tiene una vigencia de tres meses.

10) Plazos:  La mayoría de los expedientes de españoles que han adoptado allí todos han tenido plazos distintos, aunque en el último año y medio los expedientes tramitados a través de ECAI han ido más rápidos, ya que todos corresponden a matrimonios. Algunos han tenido que esperar hasta 1 año y medio desde que llegó su expediente al país hasta obtener asignación, otros han esperado 3 años depende de tu perfil, del perfil del menor que aparece en el CI, de tu abogado, del juzgado en el que presenten tu solicitud, del juez, de si eres casado/a o monoparental, del trabajo que haya en los juzgados... En el año 2008 se han dado varios casos de adoptantes que han tenido que esperar hasta 13 meses desde la asignación hasta el viaje. Esto ocurre porque a veces hay problemas para obtener la partida de nacimiento de los menores abandonados en los orfanatos y las autoridades abren una investigación para garantizar que los niños no serán reclamados por algún familiar y realmente son abandonados, o porque el juzgado que lleva el tema está saturado. Esto supone una espera de varios meses hasta que se obtiene dicha partida de nacimiento, normalmente 6 meses.

11) Adopción plena: aunque la ley de Costa de Marfil habla primero de una adopción simple, convivencia de 6 meses entre el menor y el adoptante en Costa de Marfil y después adopción plena, también dice que "si el juez lo considera conveniente y siempre por el bien del menor, en atención al interés superior del niño , tras comprobar que no existen familiares biológicos que puedan reclamarlo o que si los hay todos aceptan la adopción, concederá la adopción plena saltándose el periodo de adopción simple y sin exigir a los padres adoptivos la convivencia de 6 meses".  Esta decisión es estrictamente potestativa del juez.
España exije que la adopción plena deba constituirse en el país de origen, por lo que el cónsul español e Abidjan no puede  otorgar un visado a un menor para concluir la adopción plena en España. Teóricamente podría conceder un visado de tuleta o pre-adoptivo durante el periodo de 6 meses y regresar después a Costa de Marfil para concluir el proceso y conseguir la adopción plena. Pero para obtener este visa pre-adoptivo es necesario que la autorización expresa del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español, por lo que conseguir este permiso implicaría una importante demora.

Hasta ahora todas las adopciones de españoles en Costa de Marfil han sido con adopción plena directamente saltándose los 6 meses de adopción simple, pero en el verano de 2009 se ha dado el primer caso de un monoparental al que el juez le pidió los 6 meses de convivencia previa a la adopción plena. Finalmente con una estancia de un mes y medio en Abidján, el adoptante podrá obtener la sentencia de adopción plena. De todas formas hay que tener en cuenta que la obtención de la adopción plena directamente implica una investigación previa desde el juzgado y los servicios sociales para garantizar la procedencia del menor y que su familia biológica, si existe, no lo va a reclamar.

12) Viajes:  El número de viajes que el adoptante tiene que hacer a Costa de Marfil dependerá siempre del juzgado que lleve el tema. Lo habitual es viajar solo una vez (10-15) días cuando todo el proceso judicial ha terminado y está toda la documentación lista para pedir el pasaporte y el libro de familia en la embajada, pero en algunos casos han tenido que viajar 2 veces con estancias que han variado desde los 10 días a casi dos meses. Si el juez que lleva el expediente quiere que citar al adoptante a una vista previa y verlo personalmente antes de dictar sentencia definitiva de adopción, entonces el adoptante tiene que hacer un primer viaje, esto ocurre sobre todo con los monoparentales masculinos. Desde mayo de 2009 la mayor parte de los monoparentales tanto masculinos como femeninos se han visto obligados a viajar dos veces, la primera vez para asistir a una vista con el juez y conocer a su hijo (que con un permiso puede salir del orfanato y convivir en el hotel con su futuro padre/madre durante su estancia en el país). El adoptante tendrá que dejar de nuevo al menor en el orfanato y regresar a España a la espera de la sentencia definitiva de adopción. El segundo viaje se produce al menos cuatro meses más tarde, cuando el adoptante ya cuenta con setencia de adopción plena firmada y es para concluir los trámites de documentación y recoger al menor que ya viajará a España. A veces la espera entre el primero y el segundo viaje es incluso de 8 meses.

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13) CI: La mayor parte de las solicitudes de adopción que se registran en los Servicios Sociales de Abidjan corresponden a adoptantes que quieren un menor de 0-3 años. Esto ha provocado que en los últimos dos años haya más peticiones que niños en adopción de esta edad. Hay que tener en cuenta además que los matrimonios son los que tienen preferencia sobre los monoparentales. Cuanto mayor sea el rango de edad del menor que se solicita más posibilidades hay de adoptar. Mi hijo Normalmente los niños asignados a los españoles/as solteros/as rondan los 3-5 años, mientras que los matrimonios tienen más posibilidades de conseguir niños más pequeños de 1 ó 2 años. La mayoría de los niños adoptables allí tienen entre 2 y 7 años.
Las últimas informaciones que llegan de la embajada española señalan que los solicitantes de menores de 4 años tendrán un proceso adoptivo probablemente más corto.

14) Preferencias de asignación: Los primeros que tienen preferencia para adoptar son los propios marfileños, seguidos de los extranjeros, el país fomenta cada vez más la adopción nacional. La preferencia que se sigue para las peticiones de los extranjeros son: matrimonios sin hijos y que demuestren esterilidad, después los matrimonios sin hijos, después los matrimonios con hijos, después las mujeres solteras estériles, después las mujeres solteras y por últimos los hombre solteros. Si eres estéril y puedes aportar un certificado médico que lo demuestre entonces tendrás preferencia.

15) Sexo del menor: Como en la mayoría de los países en Costa de Marfil no se puede elegir el sexo del menor. De las adopciones que se han hecho hasta el momento de España en Costa de Marfil una gran mayoría han sido varones, ya que a la mayor parte de las niñas no las dan en adopción y las dejan en casa para trabajar. En los orfanatos públicos el número de niños que hay duplica al número de niñas.

16) Solicitudes de monoparentales: Costa de Marfil es uno de los pocos países que actualmente tramita expediente de monoparentales tanto hombres como mujeres. Este hecho ha provocado una avalancha de expedientes desde el verano de 2008. Adoptar allí no es imposible pero los procesos se han ido prolongando poco a poco y en 2012 los adoptantes deben esperar entre 2 y 4 años desde que su expediente llega a Abidjan para poder concluir la adopción. El tiempo de espera dependerá: de tu perfil como adoptante, del rango de edad del menor que solicitas y del juzgado en el que se presente la demanda de adopción.

17) Ecais: Actualmente en España solo la Ecai IPI (Barcelona) trabaja en Costa de Marfil, ya ha tramitado expedientes y ya ha tenido signaciones. Solo aceptan solicitudes de matrimonios que sean catalanes.

18) Coste: sobre el coste económico de una adopción en Costa de Marfil, depende de si el adoptante es soltero o matrimonio (el expediente es doble), de si hace un viaje o dos, de con qué compañia vuele y fechas de vuelo, si su hijo tiene más de 2 años (pagará billete de regreso porque ocupa asiento), del hotel, desplazamientos, y de la duración de la estancia (la media está entre 10-14 días). Más o menos el coste asciende a 14.000/17.000 euros incluyendo legalizaciones en España, gestoría, traducción jurada de todo el expediente, notaría, tasas de la embajada marfileña en Madrid, abogado en Costa de Marfil, pruebas médicas, legalizaciones de documentos en Abidján, donativo al orfanato, manutención de l niño en el orfanato, tasas de la embajada española en Abidján, un viaje para 2 personas y una estancia de 10-12 días.

19) Datos de Interés:
- Las últimas novedades sobre la adopción en el país señalan que ha habido un incremento importante en el número de expedientes que llegan desde España y que en su gran mayoría son de monoparentales tanto masculinos como femeninos. Por el momento no se preveen cambios en la ley de adopción aunque el proceso de elecciones presidenciales que atraviesa el país puede motivar algún cambio en caso de que también cambie el gobierno.
- En julio de 2012 había 42 expedientes de españoles registrados en los Servicios Sociales de Abidjan.
- La intención del Ministerio de la Familia en Costa de Marfil es controlar en la medida de lo posible todas las adopciones que se llevan a cabo en el país ya sea desde orfanatos públicos, orfanatos privados o la renuncia directa y legal de familias sobre la tutela de sus hijos. Además está previsto elaborar un censo real de todos los niños adoptables que hay actualmente en centro privados y públicos.

2 Opinan...:

Anónimo dijo...

Muchísimas gracias por la información tan detallada. Es mucho más amplia que la que da la propia embajada. Gracias y enhorabuena por tu adopción.

Anónimo dijo...

Muchas gracias por la información. Vaya labor la tuya! Has recopilado muchísima información y la pones a nuestra disposición. Es muy generoso por tu parte, y nos sirve de gran ayuda. Elena

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