lunes, 28 de marzo de 2011

Información sobre la adopción en Madagascar

Las adopciones internacionales en Madagascar por parte de familias españolas comenzaron hace casi 10 años. Madagascar forma parte del Convenio de La Haya desde septiembre de 2004.
En febrero de 2008 los procesos de adopción fueron paralizados pero en enero de 2011 a partir de la nueva información facilitada por el Consulado General de España en Ciudad del Cabo y el Instituto Catalán de la Adopción, se acuerda reanudar la tramitación de expedientes de adopción dirigidos a Madagascar. Para tramitar estas adopciones es obligatorio hacerlo a través de ECAIS y actualmente solo existe una en España que está acreditada en Cataluña.

No obstante, es preciso tener en cuenta que el número de expedientes que se puede enviar anualmente al país es muy reducido, ya que hay pocos menores susceptibles de adopción internacional.
(Información actualizada en marzo de 2011)



Quien puede adoptar:
- Matrimonios mayores de 30 años.
- Los adoptantes no pueden tener más de 3 hijos biológicos o adoptados
- Los matrimonios no pueden adoptar a más de 3 menores.
- Los matrimonios menores de 55 años y que no tengan hijos tendrán prioridad a la hora de tramitar una adopción en Madagascar.
- La Autoridad Central Malgache se reserva el derecho de aceptar o rechazar aquellas solicitudes presentadas por mujeres solteras, con arreglo a criterios distintos a los previstos por la Ley de Adopción en Madagascar y siempre atendiendo a las necesidades del menor.

Quienes pueden ser adoptados:

- Menores de entre 9 meses y 12 años de edad que deben estar inscritos en el registro de niños adoptables de la Autoridad Central Malgache.
- Los menores adoptables tienen que pasar por una institución o centro acreditado y ser declarados abandonados por un juez de juventud.
- Cuando el menor tiene padres conocidos, los padres deben dar su consentimiento a la adopción y entregarlos a un centro o institución acreditado por el estado.

Tipo de adopción:
- La adopción es plena e irrevocable
- Se rompe la filiación familiar entre el menor y su familia biológica


Documentos que forman parte del expediente:

1- Certificado de Idoneidad
2- Informe Psicosocial
3- Compromiso de seguimiento
4- Carta de motivación dirigida a la autoridad competente en Madagascar
5- Libro de Familia
6- Partida de nacimiento de cada adoptante
7- Certificado de Matrimonio
8- Carta de recomendación
9- Pasaporte de cada adoptante
10- Certificado de Antecedentes Penales de cada adoptante
11- Certificado Médico de cada adoptante
12- Ultima declaración de la renta
13- Fotos familiares

Procedimiento:
Una vez que la Autoridad Central Malgache asigna al menor, en el plazo de 2 meses, ésta envía el expediente al presidente del Tribunal de Primera Instancia del lugar donde reside el menor. El procedimiento judical tiene una duración aproximada de 3 meses.

Seguimiento:
El gobierno de Madagascar exige un informe de seguimiento del menor desde la fecha de adopción hasta que cumpla los 18 años. El primer informe debe emitirse a los 6 meses de la adopción y los demás anualmente.


Autoridades competentes en Adopción:


Madagascar’s Adoption Authority
Coordinator of the Central Authority for Adoption

Batiment Ex Population Ambohijatovo

101 Antananarivo
Madagascar
Tel: 261-20-22-22-018
Email: adoption_gasy@yahoo.fr

Coste:
El coste del procedimiento de adopción en Madagascar depende sobre todo del viaje que tienen que hacer los adoptantes (estancia y fecha del viaje). Aproximadamente el coste de la adopción varia entre los 10.000€ y 12.000€ incluyendo un viaje para dos personas.

Viaje y estancia:
La estancia mínima aproximada en el país es de 1 mes. Un mes obligatorio ("periodo probatorio obligatorio") para los dos futuros padres. 2º mes: se recomienda que al menos uno (pueden hacer turnos) permanezca con el menor para no romper el vínculo. 3º mes: puede reducirse en función de los trámites judiciales.

Estadísticas:
Año 2004: Desde EEUU se adoptaron a 4 menores
Año 2005: Desde España se adoptaron a 24 menores, desde Francia se adoptaron a 245 niños, desde EEUU se adoptaron a 2 menores
Año 2006: Desde España se adoptaron a 10 menores, desde Francia se adoptaron a 117 niños y desde EEUU se adoptó a 1 menor
Año 2007: Desde España se adoptó a 1 menor, desde Francia se adoptaron a 62 niños y desde EEUU se adoptaron a 2 menores
Año 2009: Desde España se adoptaron a 2 menores, desde Francia se adoptaron a 26 menores.
Año 2010: Desde Francia se adoptaron a 37 menores.
Fuentes:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
ICAA (Cataluña)
Portal Galego de Adopcións
Ministerio de Asuntos Sociales Francés
Intercountry Adoption (EE UU)

Foto: Cristina Goettsch Mittermeier

domingo, 20 de marzo de 2011

Euskadi destina 31,39 millones de euros para ayudas por nacimiento de hijos o adopción

El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno vasco destinará durante el 2011 un total de 31,39 millones de euros en ayudas económicas a las familias por el nacimiento o adopción de sus hijos.

   El Consejo de gobierno ha aprobado este martes una partida de 27,65 millones de euros para que puedan hacerse efectivas las ayudas para las tres modalidades que contempla el decreto que las regula, por hijo o hija a cargo, por parto o adopción nacional múltiple y por adopción internacional. Además, se destinarán otros 3,74 millones de euros para el abono de las ayudas reconocidas en ejercicios anteriores. 


   Las ayudas por nacimiento o adopción de primer hijo consisten en una única anualidad que comprende tres tramos diferentes de cobro en función de la renta de la unidad familiar, de 400, 500 ó 900 euros.

   El número de expedientes por nacimiento o adopción de primer hijo resueltos favorablemente en 2010 ascendió a 10.250, con un gasto de 7,05 millones de euros. La subvención media abonada por este concepto ascendió a 688 euros.

   Por su parte, las ayudas por segundo hijo consistieron inicialmente en una ayuda universal de 1.100 euros, que se abonaba en una única anualidad. Posteriormente, se ampliaron las ayudas, y los segundos hijos comenzaron a cobrar dos anualidades, una de 1.100 euros en el año del nacimiento o la adopción, y otra de 400 euros el siguiente. En este apartado, en 2010 se resolvieron favorablemente 13.454 expedientes, 7.248 por la primera anualidad y 6.206 por la segunda. El coste total para la Administración autonómica fue de 10,69 millones de euros.

   En cuanto a las ayudas por tercer hijo, éstas consistían originalmente en una ayuda universal de 5 anualidades de 1.100 euros, a la que posteriormente se añadieron dos anualidades más de 400 euros al cumplir 5 y 6 años de edad. En 2010, el gasto total de las subvenciones correspondientes a la tipología de terceros hijos y sucesivos ascendió a 6,6 millones de euros.

   Por otro lado, las ayudas por partos y adopciones nacionales múltiples consisten en una ayuda económica de pago único cuando se produce el parto o adopción, y su cuantía está en función del número de niños nacidos o adoptados simultáneamente y del nivel de renta familiar. Además, se pueden sumar a las ayudas que correspondan por hijo a cargo. En 2010 se resolvieron favorablemente 610 expedientes por partos o adopciones nacionales múltiples.

Adopción Internacional

   Del mismo modo, las ayudas por adopción internacional consisten en una ayuda económica de pago único. Su cuantía también está en función del número de niños adoptados simultáneamente y del nivel de renta. Al igual que la anterior, la ayuda es acumulativa con las ayudas que correspondan por hijo a cargo. Durante el pasado curso se resolvieron favorablemente 189 expedientes por parto o adopción internacional.
Fuente: Europa Press

jueves, 17 de marzo de 2011

Información sobre la adopción en Etiopía

La adopción de niños etíopes por parte de familias españolas se remonta a finales de los años 90  siendo el primer país africano en recibir solicitudes de adopción desde España. En Etiopía existen muchos niños en situación de desamparo, huérfanos y abandonados, en su mayoría de más de 6 años, grupos de hermanos, o niños enfermos o con discapacidades  más o menos importantes. Etiopía es hasta el momento el país africano que más peticiones de adopción recibe desde España.

SUSPENSIÓN TEMPORAL:
La información que leerás a continuación está actualizada con fecha de octubre de 2012. Hoy en día los procesos adoptivos en Etiopía deben realizarse siempre a través de una Ecai acreditada, no existe la posibilidad de adoptar por protocolo público. La Comisión Interautonómica de Directores de Infancia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad celebrada el 16 de octubre de 2012 acordó, cautelarmente, no admitir nuevas solicitudes de adopción para Etiopía.
 
Esta decisión viene motivada por el elevado número de expedientes tramitados al país, que puede incrementar el riesgo de falta de garantías e inseguridad jurídica de las adopciones que se constituyan.
 
Por tanto, cautelarmenteno se admitirán solicitudes de adopción para Etiopía presentadas con fecha posterior al 16 de octubre de 2012. Aquellas presentadas con anterioridad se continuarán tramitando normalmente.

Acuerdos anteriores:
Conforme la nota informativa remitida por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, desde la embajada de España en Etiopía han informado que desde el 1 de marzo de 2011, sólo se examinarán 5 expedientes de adopción internacional al día. Hasta la fecha, la media de expedientes examinados diariamente era cercana a los 50. La razón de esta disminución es que van a priorizar otros temas, así como estudiar en profundidad la calidad de la adoptabilidad en cada uno de los casos.

Esta información ha sido transmitida mediante una carta remitida por el Ministro de la Mujer, Infancia y Juventud (MOWA) al Presidente de la Corte Federal de Primera Instancia y al Tribunal de Adopción. Conscientes de la existencia de problemas en la adopción internacional, consideran obligado el examen detallado de los expedientes de los padres adoptivos antes de emitir opiniones ante la corte de la jurisdicción competente, así como la verificación de la autenticidad de los documentos. Una investigación que es difícil llevar a cabo examinando cerca de 50 archivos al día; limitando el número de expedientes, se logrará una mayor precisión y existirá tiempo para la investigación, en caso de considerarse necesaria.

Según señala la embajada, esta medida puede suponer una reducción del 90% de los casos procesados diariamente, lo que generará una sensible reducción en el número de adopciones, así como un aumento del plazo de las mismas.
Un equipo del Ministerio de Política Social viajó a Etiopía el pasado 7 de marzo para mantener varios encuentros con la Directora General de Promoción y Protección de Derechos de la Infancia, Sra. Maheder.
La Sra. Maheder reiteró el acuerdo adoptado por su Ministerio y que afectaba a todos los expedientes, sin que hubiera previsto ningún periodo transitorio para estudiar aquellos casos en los que los menores estuvieran ya preasignados a los solicitantes extranjeros.
El jueves 10 de marzo, la embajada de España en Etiopía ha confirmado que esta Directora General ha sido sustituida por la anterior Directora General (Sra. Yayesh Tesfahuney) y que hay rumores de que la política del Ministerio etíope en materia de adopción puede cambiar.




Quien puede adoptar:

1- Mayores de 25 años. Cuando la adopción se realice por ambos cónyuges bastará con que uno de ellos alcance dicha edad.
2- Solo pueden adoptar conjuntamente las parejas casadas heterosexuales.
3- La existencia de hijos por parte del adoptante no constituirá obstáculo alguno para la adopción.
4- La diferencia de edad máxima, entre adoptado y adoptante, deberá ser de cuarenta años.
5- Solo se admite la adopción monoparental femenina en caso de que la adoptante tenga al menos un hijo adoptado previamente en Etiopía.

Quienes pueden ser adoptados:

• Podrá ser adoptada cualquier persona menor de dieciocho años y se encuentre bajo tutela
• Tanto el padre como la madre del menor deberán otorgar su consentimiento para la adopción siempre que vivan y sean conocidos. Desde enero de 2011 el gobierno etíope determina que aquellos menores con ambos progenitores vivos no son susceptibles de adopción.
• Si uno de ellos hubiera fallecido, estuviera en situación de ausencia, fuera desconocido o incapaz para manifestar su voluntad, será el otro progenitor quien otorgue su consentimiento.
• Si uno de los progenitores no estuviera dispuesto a otorgar su consentimiento y el menor tuviera diez años de edad o más, el Tribunal decretará la adopción tras oír la opinión del otro progenitor y del propio menor.
• En el caso en el que el menor no fuera capaz de otorgar su consentimiento, el Tribunal decretará el acuerdo de adopción teniendo en cuenta el interés del menor.

Tipos de adopción y efectos:

1.- Forma de adopción:  La adopción se formaliza a través de un contrato que debe ser homologado por el juez competente para que surta efectos.

2.- Efectos de la adopción:
  • El adoptado será considerado a todos los efectos como hijo del adoptante.
  • La adopción no podrá ser revocada salvo que el Tribunal aprecie motivos muy graves en contra del interés del menor.
  • El menor será considerado a todos los efectos como etíope.
  • El menor viaja a España con pasaporte etíope, la partida de nacimiento en la que únicamente figurarán los datos de los padres adoptantes, y un visado por reagrupación familiar emitido por la Embajada Española.
  • Una vez en España , deberá realizarse la inscripción del menor en Registro Civil, pudiendo ser necesario elevarlo a jurisdicción voluntaria en caso de denegación de dicha inscripción.
Seguimiento:
  • 1 informe a los 3 y 6 meses y 1 año .
  • 1 informe anual desde el 1º año hasta que el menor cumpla 15 años.


Documentación que forma parte del expediente de adopción:

• Carta de motivación de la adopción.
• Informe psico-social
• Certificado de idoneidad
• Compromiso de seguimiento
• Certificado de nacimiento
• Certificado de matrimonio, en su caso.
• Certificado de penales.
• Certificado médico de cada uno de los adoptantes.
• Certificado de trabajo.
• Fe de vida y estado.
• Extracto de la declaración de la Renta.
• Tres cartas de recomendación.
• Certificado de residencia.
• Fotos familiares y de identidad.

Procedimiento:

Actualmente la adopción en Etiopía debe realizarse obligatoriamente a través de una Ecai. Es la propia Ecai la que se encarga de la legalización y traducción jurada de todos los documentos que forman parte del expediente, así como de entregarlo a las autoridades competentes en materia de adopción y realizar Todos los documentos deben estar traducidos al inglés y legalizados. La legalización se hace en la Embajada de Etiopía en París. Hay que mandar original y una copia del expediente.

  1. Una vez enviado el expediente a Etiopía queda en espera de una propuesta de asignación a la familia solicitante. Una vez obtiene la cita de La Corte Suprema Etíope lo entrega en el departamento de adopción dependiente del Ministerio de de la Mujer, junto con el dossier del menor.
  2. El juicio de adopción se divide actualmente en dos partes:
    -   Tendrá lugar una primera vista, donde se personará un representante de Asuntos Sociales, otro del orfanato, y de existir familia biológica también estará presente en esta fase del procedimiento ante la jueza.
    -   Una segunda vista, en la que la familia tendrá que comparecer para ratificar la adopción ante la jueza.
  3. Tras la sentencia favorable a la adopción, las autoridades permitirán la incorporación del menor a la familia adoptante.
  4. Una vez dictada la sentencia, se realizan las diligencias necesarias para presentar en los organismos correspondientes.
  5. La partida literal de nacimiento será gestionada tras la sentencia de adopción. Toda la documentación deberá ser diligenciada por la Embajada Española.  Desde que la jueza confirma la adopción, ésta se convierte en irrevocable y firme a todos los efectos, si bien el proceso adoptivo no culmina hasta la inscripción del menor en el Registro Civil Español.  Hasta que no exista sentencia judicial y se obtenga la partida literal de nacimiento, la preasignación no surte efectos. El menor puede ser reclamado por su familia hasta el mismo día del juicio.
  6. Median a día de hoy aproximadamente veinte días entre la primera y segunda vista. Los tiempos son SIEMPRE APROXIMATIVOS, y los JUICIOS PUEDEN SER POSTERGADOS.

Organismos competentes:

Ministerio de Asuntos de las Mujeres (Ministry of Women’s Affairs-MOWA)
Addis Abeba
Etiopía

AMBASSADE DE ETHIOPIA EN PARIS (en España no existe actualmente embajada)
Service de Visa et des légalisations
35, Av. Charles Floquet
75007 – PARIS
Tf: 33 1 47 83 83 95

CONSULADO HONORARIO DE ETIOPÍA EN MADRID
C/ Alustante, 6, 4ºC
28005- Madrid
Tel. 91/433 79 82

EMBAJADA DE ESPAÑA EN ETIOPÍA
Entoto Av.
P.O.Box 2312
Addis Abeba - ETIOPIA

Viaje:
Los adoptantes deberán realizar un viaje a Etiopía para concluir el proceso adoptivo y con una duración aproximada de entre 10-12 días.

 Ecais en España:
 Actualmente existen distintas Ecais en diferentes comunidades autónomas:

Addis Galicia (Vigo)
Cielo 133  (Madrid, Albacete y Palma de Mallorca)
Balbalika (Cataluña, La Rioja, Navarra y Galicia)
Adecop-Piao (Galicia, Murcia, Alicante, Cantabria, Madrid, Secvilla, Bilbao, Canarias, Toledo y Zaragoza)
Mundiadopta (Madrid)
IPI (Cataluña)

Observaciones:
- Los orfanatos estatales o privados podrán entregar en adopción a cualquier menor que se halle bajo su custodia. No obstante, estos deberán, antes de entregar a un menor en adopción, proporcionar la información necesaria al órgano gubernamental competente en la supervisión del bienestar de los menores, sobre la identidad del niño, el tipo de centro en que se encontraba acogido y sobre las condiciones personales, sociales y económicas del adoptante.
- En el caso de adopciones por parte de extranjeros, si el Tribunal  etíope considera que la información facilitada por la autoridad competente no es suficiente, puede solicitar que se realice una investigación complementaria. Del mismo modo puede solicitar de otras personas u organizaciones que aporten cualquier información relevante que pudieran poseer o que testifiquen en el proceso.

Estadísticas: 
Desde el año 2005 y hasta el año 2009 se han adoptado 2.370 menores etíopes.

Fuentes Ministerio de Política Social, Xunta de Galicia, Ecais.
Foto: Infancia Solidaria

lunes, 14 de marzo de 2011

Los niños de 7 años también necesitan padres

El día 1 de enero de este año, el Consell de Mallorca tenía a nueve niños bajo su custodia para tramitar su adopción. Para la inmensa mayoría, encontrar una familia que quiera cobijarlos como hijos no será complicado. Pero hay excepciones. Porque para aquellos que hayan cumplido ya los 7 años, sus posibilidades de encontrar unos nuevos padres se recortan sustancialmente. Como también sucede, en menor medida, con los menores que padecen alguna enfermedad o algún tipo de retraso, y para los que han sido objeto de malos tratos o abusos sexuales.


Los prejuicios ante este tipo de casos y, según se admite desde la institución insular, el hecho de que el proceso de adaptación vaya a ser más lento, genera reticencias y dificulta las adopciones, aunque éstas finalmente se vayan a hacer efectivas en la mayoría de los casos "porque somos muy persistentes", según afirma la responsable de este servicio en el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, Luisa Servera.

Todos estos niños son capaces de generar vínculos afectivos con sus nuevos padres, aunque en algunos casos este proceso vaya a requerir de un mayor esfuerzo por ambas partes. "Pero no van a estar solos en este camino, porque nosotros los vamos a acompañar", destaca Luisa Servera. El IMAS cuenta con equipos que se encargarán de hacer un seguimiento de estos casos y de asesorar a los nuevos progenitores.

¿El problema? Que la mayoría de las personas que quieren asumir la paternidad por la vía de la adopción desean que el niño tenga pocos años. Pero los menores de siete y más años también sienten el deseo de ser adoptados, de encontrar unos padres, y se adaptan correctamente a sus nuevas familias, aunque este recorrido pueda ser algo más lento, según se pone de relieve desde el citado instituto.

Esta mayor dificultad para encontrar padres se pone en evidencia incluso en las adopciones internacionales, según subraya el presidente de AIBA, Ramón Rotger. Sobre este punto, recuerda que las autoridades chinas, que se han vuelto muy restrictivas a la hora de permitir la salida de ese país, suavizan notablemente las condiciones cuando se trata de pequeños con edades a partir de los cinco años o con problemas físicos o psíquicos.

Agravado con hermanos

Los problemas se incrementan aún más si se trata de casos de hermanos. Cuando son dos, lo normal es que se termine encontrando a una familia que se haga cargo de ambos. Pero cuando se trata de tres o cuatro, esta labor se vuelve prácticamente imposible. Y entonces no queda más remedio que separarlos.
Pero para minimizar el trauma que ello supone, se suele buscar a padres adoptivos que acepten el que sus nuevos hijos se puedan seguir relacionando entre ellos, con visitas mutuas.

Los niños que han sido objeto de malos tratos o abusos sexuales presentan también unas características especiales, al mostrar más problemas de vinculación con su futura familia, aunque "en general la evolución es muy buena" y habitualmente recuperan su confianza en los adultos, según destaca Luisa Servera.

Para ayudar en todos estos procesos, el IMAS activará sus equipos de postadopción, de forma que el menor mantendrá durante un tiempo tratamiento psicológico y los padres el apoyo de los técnicos. Una de las prioridades es que la familia que se hace cargo de estos menores comprenda los temores que éstos tienen y entienda los comportamientos que el niño manifiesta.

En el caso de los pequeños con problemas de salud irrecuperables o minusvalías, el perfil de los padres adoptivos también presenta características especiales, ya que en algunos casos se tiene que encontrar a personas que estén dispuestas a cuidar a su hijo durante el resto de su vida.

Fuente:  Diario de Mallorca
Texto: F. Guijarro
Foto: B. Ramón

martes, 8 de marzo de 2011

Colombia aplaza la adopción por parte de homosexuales

La Conferencia Episcopal Colombiana ha creado polémica por la presión que ejerció contra la justicia del país para obtener el rechazo de los magistrados a las peticiones de las parejas del mismo sexo de poder adoptar niños. Mientras tanto, la Corte tenía que debatir sobre la tutela para adopciones de parejas del mismo sexo que solicitaban una pareja de lesbianas.

En cambio la decisión tardará más de lo que se suponía, ya que han aplazado el veredicto. La explicación que dieron a la prensa fue: "Se tomó esta decisión para efectos de dar una mayor posibilidad a todos los magistrados de ilustrarse en profundidad. También se tuvo en cuenta para ello que nosotros tenemos la obligación de pronunciarnos durante este mes de marzo sobre la emergencia económica decretada por el gobierno de presidente Santos".

Al parecer, según explicó uno de los magistrados, el tema de la adopción por personas del mismo sexo puede esperar, ya que no existe la obligación de emitir una resolución inmediata. 

Texto: Alexandre Rocha
Fuente: Universogay

jueves, 3 de marzo de 2011

La rusa que falsificaba papeles de adopción

Se llama Olga Zoubakova y es rusa pero parece dominar a la perfección el papeleo y los trámites de adopción de niños ya que está acusada por la Fiscalía de haber intervenido falsificando documentos en al menos 17 expedientes de adopción, ocho de los cuales ocurrieron en Andalucía, en las provincias de Córdoba, Granada y Sevilla.

Segun el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso ABC, la acusada, una vez que contactaba con los adoptantes les daba instrucciones para la gestión de la documentación en su respectiva comunidad autónoma facilitando la organización de los viajes a Rusia, contactos en dicho país y traducción de documentos. Luego los modificaba proponiendo en algunos casos que los propios adoptantes cooperaran en la realización del documento mendaz con su firma. Y todo con la finalidad de «ajustar las características de los menores aprobadas por las entidades públicas españolas a los niños elegidos en Rusia por la propia Olga». Una vez completado el proceso, Olga remitía el expediente a las autoridades rusas y tras el dictado de la sentencia de adopción, se presentaba nuevamente la documentación ante el Consulado de España en Rusia».

Sin embargo, la Fiscalía asegura que «Olga mantenía el centro de sus actividades criminales en Madrid de modo que la documentación posiblemente falsa no se presentaba ante las distintas entidades públicas de cada comunidad autónoma». Un hecho que ha llevado al Ministerio Público a inhibirse en favor de los juzgados de Madrid pese a que considera que Olga pudo cometer un delito continuado de falsedad en documento oficial. En el caso también han resultado imputadas otras dos personas, un matrimonio de Córdoba.

Según fuentes judiciales, la rusa cobraba a la familias entre 18.000 y 50.000 euros. Y para ello tenía en su casa modelos de todos los documentos legales y sello de todas las comunidades autónomas.

Fuente: ABC
Texto:  M.BENÍTEZ / SEVILLA

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